Si llegaste hasta aquí, probablemente estás buscando una salida a tus deudas y te encontraste con un mar de artículos llenos de términos legales: «procedimiento concursal», «verificación de créditos», «junta de acreedores»…
Respira. En esta guía te explicamos la Ley 20.720 en palabras simples, como si te lo contara un amigo que sabe del tema. Sin tecnicismos innecesarios y con ejemplos concretos.
¿Qué es la Ley 20.720, en simple?
La Ley 20.720 (Ley de Insolvencia y Reemprendimiento) es la ley chilena que regula qué pasa cuando una persona o empresa ya no puede pagar sus deudas.
Su idea central es revolucionaria en su simpleza: endeudarse mal no debería ser una condena de por vida. Si hiciste un esfuerzo real y aun así no puedes pagar, la ley te da dos caminos para resolverlo de forma ordenada y volver a empezar. De ahí su apellido: «reemprendimiento».
Desde 2023, además, la Ley 21.563 la modernizó y simplificó varios trámites, haciendo los procedimientos más rápidos y accesibles.
Los dos caminos para personas: renegociar o liquidar
Si eres persona natural (trabajador dependiente, independiente, jubilado o dueño de un pequeño negocio sin contabilidad completa), la ley te ofrece dos puertas.
Camino 1: la Renegociación (para quien puede pagar, pero menos)
¿Qué es? Un trámite gratuito y administrativo —no es un juicio— que se hace ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR). La SUPERIR sienta en una misma mesa a todos tus acreedores (bancos, casas comerciales, cajas) y se negocia un solo acuerdo de pago para todas tus deudas: nuevas cuotas, nuevos plazos y, muchas veces, rebajas de intereses.
El gran beneficio: desde que la SUPERIR admite tu solicitud, se activa una protección financiera concursal. En simple: se congelan los juicios de cobranza y los embargos en tu contra mientras dura la negociación. Te dan aire para negociar tranquilo.
¿Para quién es? Para quien tiene ingresos y puede pagar algo, pero las cuotas actuales lo superan. Requisitos generales: tener 2 o más deudas vencidas por más de 90 días que sumen sobre el mínimo legal (del orden de 80 UF), y no haber sido notificado de una demanda de liquidación.
Ejemplo: Carolina debe $12 millones entre tres bancos y dos casas comerciales. Sus cuotas suman $450.000 al mes, pero solo puede pagar $250.000. Con la renegociación, todas sus deudas se reordenan en un plan único que sí calza con su sueldo.
Camino 2: la Liquidación voluntaria (para quien ya no puede pagar)
¿Qué es? Es lo que la gente llama «quiebra personal». Tú mismo pides a un tribunal que declare tu liquidación: un liquidador vende tus bienes embargables (si los tienes) para pagar a los acreedores y, al terminar el procedimiento, las deudas que quedaron sin pagar se extinguen. Desaparecen. Partes de cero.
Lo que mucha gente no sabe: no te quitan todo. Tu sueldo (hasta el tope legal), tus fondos de AFP, tus herramientas de trabajo y los bienes básicos de tu hogar están protegidos por ley. Si quieres el detalle, te lo explicamos en nuestra guía sobre [qué bienes se protegen en una liquidación voluntaria].
¿Para quién es? Para quien está en insolvencia real: las deudas superan por mucho su capacidad de pago y renegociar no alcanza. Incluso una persona sin bienes puede liquidarse y extinguir sus deudas.
Ejemplo: Jorge perdió su trabajo, debe $25 millones y su nuevo sueldo apenas cubre los gastos de su familia. Ninguna repactación es realista. Con la liquidación voluntaria, sus deudas se extinguen y puede reconstruir su vida financiera.
¿Y si tengo una empresa?
La ley también tiene procedimientos para empresas:
- Reorganización: la empresa es viable pero está ahogada; se acuerda con los acreedores un plan para reestructurar las deudas y seguir funcionando.
- Liquidación de la empresa deudora: la empresa no es viable; se venden sus activos de forma ordenada para pagar a los acreedores y cerrar correctamente.
Además, existen procedimientos simplificados para micro y pequeñas empresas, más rápidos y baratos que los tradicionales.
¿Cómo es el proceso, paso a paso?
Aunque cada caso es distinto, el recorrido típico se ve así:
Para una renegociación:
- Evaluación del caso y reunión de antecedentes (deudas, ingresos, gastos).
- Solicitud ante la SUPERIR (en línea).
- Admisibilidad → se activa la protección concursal (se congelan juicios y embargos).
- Audiencias de negociación con los acreedores.
- Acuerdo de renegociación → pagas el nuevo plan y listo.
Para una liquidación voluntaria:
- Evaluación del caso con un abogado.
- Presentación de la solicitud ante el tribunal.
- Resolución de liquidación → se congelan los juicios individuales y se designa un liquidador.
- El liquidador realiza los bienes embargables (si existen).
- Término del procedimiento → las deudas insolutas se extinguen.
Mitos frecuentes sobre la Ley 20.720
- «Voy a quedar marcado de por vida.» Falso. Justamente al revés: el procedimiento extingue las deudas y te permite limpiar tu situación comercial, algo imposible si sigues moroso indefinidamente.
- «Me van a quitar hasta la cama.» Falso. La ley protege expresamente los bienes esenciales, tu sueldo hasta el tope legal y tus fondos previsionales.
- «Es solo para empresas.» Falso. La ley tiene procedimientos diseñados específicamente para personas naturales.
- «Puedo hacerlo cuando quiera, incluso después de embargado.» Cuidado: mientras antes actúes, más alternativas tienes. Si esperas demasiado, puedes perder la opción de renegociar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley 20.720? La renegociación ante la SUPERIR es gratuita como trámite, aunque conviene contar con asesoría para preparar bien el caso. La liquidación es un procedimiento judicial que requiere patrocinio de abogado.
¿Cuánto demora? La renegociación suele resolverse en pocos meses. La liquidación varía según la complejidad del patrimonio, pero las reformas recientes acortaron los plazos considerablemente.
¿Puedo acogerme si estoy en DICOM? Sí. Estar en DICOM no impide renegociar ni liquidar; de hecho, es la situación típica de quienes usan la ley.
¿Las deudas con mi aval también se extinguen? La extinción beneficia al deudor del procedimiento. El acreedor podría dirigirse contra el aval, por lo que ese punto debe evaluarse caso a caso.
¿Puedo volver a pedir créditos después? Sí. Una vez extinguidas las deudas y aclarados los registros, puedes reconstruir tu historial financiero gradualmente.
En resumen
La Ley 20.720 es la herramienta legal que Chile creó para que el sobreendeudamiento tenga salida: renegociación si puedes pagar de otra forma, liquidación si ya no puedes pagar. Ambos caminos congelan las cobranzas mientras se tramitan y ambos terminan con un resultado concreto: un plan de pago realista o la extinción de tus deudas.
Lo único que la ley no puede hacer por ti es dar el primer paso.
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